
Desde el mes de diciembre de 2020 el teletrabajo en España se encuentra regulado por el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, estableciendo un marco normativo de mayor claridad a la hora de regular las relaciones laborales.
Según este Real Decreto-ley, se define como teletrabajo «aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.»
Tres claves sobre la Ley del teletrabajo en España
- El trabajo a distancia es una modalidad voluntaria entre las dos partes, empresa y trabajador, que requiere un acuerdo escrito en el que ambas partes tienen sus derechos y obligaciones que deben ser protegidos. En cualquier caso, el teletrabajo en España no debe repercutir de forma negativa sobre la remuneración y los derechos de los trabajadores, así como sobre las obligaciones de los empleados con la empresa.
- Los costes adicionales derivados del teletrabajo deben ser sufragados por la parte de la empresa.
- El teletrabajo puede requerir sistemas de control y registro horario, siempre en los mismos términos de duración de la jornada y derecho a la desconexión de los trabajadores.
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